Elegir libremente los profesionales de la salud

Recibir una comunicación plena y clara

Tener servicios de calidad y de forma oportuna

Al respeto de mi dignidad y mi vida privada en todo momento

A presentar reclamos o sugerencias si así lo considero

Tratar mi información clínica de forma confidencial

Recibir atención prioritaria cuando mi condición de salud lo amerite

Tener información suficiente acerca de los costos de los servicios médicos

Derechos del paciente: Resolución 227 De 2020

Artículo 2

Derecho a la vida. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene el derecho inherente a la vida.

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Artículo 3

Derecho a la dignidad. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a ser tratada con dignidad y respeto.

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Artículo 4.

Derecho al máximo nivel alcanzable de salud física y mental (derecho a la salud). Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a disfrutar del máximo nivel alcanzable de salud física y mental.

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Artículo 5.

Derecho a la protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a no ser torturado y sujeto a otros tratos o penas o castigos crueles, inhumanos o degradantes

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Artículo 6.

Derecho a la igualdad y a no ser objeto de discriminación. Toda persona afectada por la tuberculosis es igual ante la ley y tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual protección de la ley y a no ser objeto de cualquier tipo de discriminación por ningún motivo, tales como edad, nacimiento, color, cultura, condición de ciudadanía, discapacidad, origen étnico, situación económica, identidad de género, idioma, condición jurídica, opinión política o de cualquier otra índole, presencia de otras enfermedades, origen nacional o social, raza, religión, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición.

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Artículo 7.

Derecho a la libertad y seguridad de la persona. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a la libertad y la seguridad. Ninguna persona con tuberculosis será privada de su libertad, salvo por los motivos previstos en y de conformidad con el procedimiento establecido por la ley. Toda persona afectada por la tuberculosis privada de su libertad debe ser tratada humanamente y con el debido respeto a su dignidad inherente.

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Artículo 8.

Libertad de movimiento. Toda persona afectada por la tuberculosis que esté legalmente dentro del territorio de un Estado tiene derecho a libertad de movimiento y a libertad de elegir su residencia. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene la libertad de salir de cualquier país, incluido el suyo. Los derechos mencionados anteriormente no pueden estar sujetos a ninguna restricción, excepto aquellas que están previstas en la ley, y sean necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la moral o los derechos y libertades de los demás, y sean consistentes con los derechos reconocidos en tratados internacionales de derechos humanos, incluyendo el derecho a la libertad y seguridad de la persona establecido en el artículo 7 de esta Declaración.

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Artículo 9.

Derecho a la privacidad y a la vida familiar. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a no estar sujeta a intromisiones arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia, ni a ataques ilegales contra su honor y reputación. Toda persona afectada por la tuberculosis tiene derecho a la protección de la ley contra tales intromisiones o ataques.

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Deberes del paciente

Intercambiar información

La responsabilidad de proporcionar a su proveedor del cuidado de salud, tanta información como sea posible acerca de su estado de salud actual, las enfermedades pasadas, alergias y otros detalles pertinente

La responsabilidad de proporcionar información acerca de los contactos con su familia inmediata, amigos u otros que quizás sean vulnerables a la tuberculosis que puedan haber sido infectados por contacto estrecho.

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Seguir el tratamiento

La responsabilidad de seguir el plan de tratamiento prescrito y acortado, y a cumplir a conciencia con las instrucciones recibidas para proteger la salud del individuo y de las otras personas.

La responsabilidad de informar a su proveedor del cuidado de la salud de cualquier dificultad o problemas en la continuidad del tratamiento, o si cualquier parte del tratamiento no se comprende claramente.

La responsabilidad de la familia de brindar soporte emocional, psicológico y social para mejorar la condición física, mental y espiritual de la persona afectada por tuberculosis, que permita fortalecer la adherencia al tratamiento.

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Contribuir a la salud comunitaria

La responsabilidad de contribuir al bienestar de la comunidad a alentar a otros a buscar asistencia médica si presentan los síntomas de la tuberculosis.

La responsabilidad de mostrar consideración por los derechos de otras personas afectadas por la enfermedad y de proveedores de servicios de salud y la comprensión de la problemática de la tuberculosis aportando a la comunidad su control.

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Solidaridad

La responsabilidad moral de mostrar solidaridad con otras personas afectadas por la enfermedad, marchando juntos a la curación.

La responsabilidad moral de compartir información y los conocimientos obtenidos durante el tratamiento y de compartir esta experiencia con otros miembros de la comunidad haciendo la concientización y toma de poder por una problemática de interés común.

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